OBRAS DE ARTE

DOCUMENTACIÓN

De acuerdo a lo previsto en artículo 13 de la Ley 24633, y a los efectos de obtener la autorización respectiva, toda “solicitud“ de exportación de obras de arte deberán cumplir los siguientes trámites:

 

A) Ser presentada ante la DIRECCIÓN DE ARTES VISUALES dependiente de la SEC. DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, haciendo constar:

 

I. Nombre, apellido, documento de identidad, domicilio y teléfono del exportador

 

II. Descripción, medidas o datos que permitan individualizar las obras a exportar.

 

III. Nombre, apellido, y antecedentes del autor que acrediten la autoría de la obra.

 

IV. Causa y destino de la exportación.

 

V. Precio o valor de la obra a exportar.

 

VI. Deberán acompañarse DOS (2) fotografías de cada obra.

 

B) Recibida la solicitud, la DIRECCIÓN DE ARTES VISUALES expedirá la respectiva licencia, en un plazo que no deberá exceder los DIEZ (10) días hábiles contados desde su presentación.

 

* La licencia obtenida, deberá ser presentada ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANA, como requisito indispensable para su exportación.

Dirección de Artes Visuales
Alsina 1169 – 1er Piso
Lunes a Viernes de 10.00 a 16.00 horas
Te (011) 4381-6656 / 4383-6912 / 4383-2007


EMBALAJE

* Para envío de cuadros, se deberá acondicionar el mismo dentro de una caja de madera.

* Información válida para envíos desde la República Argentina.